CERTIFICADO ENERGÉTICO

LE AYUDAMOS A CUMPLIR LA LEY


Con InmoPC podrá generar la imagen del Certificado Energético tal como le exige la normativa, de forma sencilla y rápida.
Pudiendo crear las fichas de escaparate con seguridad.
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En este video le enseñamos cómo generar la imagen del certificado:


Cómo generar la etiqueta del certificado energético desde INMOPC.

Inmopc, le permitirá de forma sencilla en cada inmueble, indicar la escala y los valores del consumo de energía y las emisiones de dióxido de carbono, publicándola en la web y en los carteles de escaparate. Vea el video explicativo donde se le indicará los pasos a seguir.


Cómo publicitar el Certificado Energético.

En los contratos y anuncios por palabra, se deberá indicar la letra del consumo energía y emisión.

En los carteles de escaparate energético, en los portales y en la página web, deberá de salir el certificado energético indicando la escala para el consumo de energía y las emisiones de dióxido de carbono.


¿Qué es el Certificado Energético?

Es un informe técnico que indica la eficiencia energética del inmueble, en base al estudio de diferentes aspectos como la orientación, situación, iluminación, producción energética… etc.

La calificación energética generará una etiqueta energética con dos valores, que son el Consumo de energía (Kw h/m2.año) y las emisiones de dióxido de carbono (Kg CO2 /m2.año). Ambos valores vendrán determinados con un valor numérico y una escala de la A a la G, la menos eficiente.


¿Es obligatorio el Certificado Energético?

El certificado energético es obligatorio en España desde el Real Decreto 235/2013 del 1 de junio de 2013 para poder alquilar o vender un inmueble o local y es obligatorio en toda la Comunidad Europea.

El certificado energético será exigido por el notario a la hora de realizar las escrituras y debe de ser incluido en el contrato de compraventa o alquiler.

La Ley 8/2013, de 26 de junio, establece las sanciones por incumplimiento de la normativa de certificación energética. Estas sanciones se dividen en tres grupos según la gravedad de la infracción. Desde no mencionar la calificación energética obtenida en los anuncios del inmueble en venta o alquiler, a vender sin haber realizado previamente el certificado energético o falsear el resultado del mismo.

Vender o alquilar sin disponer de certificado energético supone una infracción y está sancionado con multas que oscilan entre los 300 y los 600€.


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