CRM-INMOPC

Noticias y Tendencias Inmobiliarias

Generar certificado energético en InmoPC

Con InmoPC, nuestros usuarios contarán con la opción de generar el Certificado Energético tal y como pide la legislación vigente.

Con el programa inmobiliario InmoPC, nuestros usuarios contarán con la opción de generar el Certificado Energético tal y como dictamina la legislación vigente. De esta forma fácil y sencilla, el cliente podrá crear fichas de escaparate con total seguridad.

¿Cómo generar la etiqueta del certificado energético desde INMOC?

A través de un sistema sencillo, el cliente podrá señalar dentro de la ficha del inmueble los valores y la escala del consumo de energía, así como las emisiones de dióxido de carbono. Todos estos datos saldrán publicados en la web y en las fichas de escaparate.

Cómo publicitar el Certificado Energético.

Respecto a los anuncios por palabra y contratos, habrá que señalar la letra correspondiente al consumo de energía y emisión.

En la página web, portales y en las fichas de escaparate energético, tendrá que aparecer el certificado energético, exponiendo la escala de las emisiones de dióxido de carbono y del consumo de energía.

¿Qué es el Certificado Energético?

El Certificado Energético es un informe técnico en el que se apunta la eficiencia energética del inmueble en relación al análisis de varias características como su situación, orientación, producción energética o iluminación.

De la calificación energética, se obtendrá una etiqueta energética compuesta por dos valores, las emisiones de dióxido de carbono (Kg CO2/m2.año) y el Consumo de energía (Kw h/m2.año). Estos dos valores están formados por una escala de la A a la G, siendo esta última la menos eficiente, y de un valor numérico.

¿Es obligatorio el Certificado Energético?

Desde el 1 de junio de 2013 con la publicación del Real Decreto 235/2013, en España y en toda la Comunidad Europea es obligatorio tener el certificado energético para poder vender o alquilar un local o un inmueble.

En el momento de llevar a cabo las escrituras, el notario exigirá el certificado energético para incluirlo posteriormente en el contrato de arrendamiento o de compraventa.

Si se incumple la legislación vigente en relación a la certificación energética, la Ley 8/2013 de 26 de junio impone unas sanciones concretas. Estas están agrupadas en tres grupos dependiendo de la gravedad del caso. Esta gravedad varía según si no se ha expuesto la calificación energética en las fichas del inmueble en alquiler o venta, si se ha realizado la venta sin haber obtenido antes el certificado energético o si se ha falseado el resultado de dicho certificado.

Alquilar o vender sin certificado energético es una infracción sancionada con multas económicas que parten desde los 300 euros hasta los 600 euros.

Mas info: https://www.inmopc.com/software-para-inmobiliaria-certificado-energetico.html